Casados y amparados bajo la Ley 245(i) 

amparados bajo la Ley 245(i) 

Si te encuentras en la situación de estar casada con una persona que está protegida por la Ley 245(i) y tienes dudas sobre si tú también puedes ampararte, has llegado al lugar correcto.  

La inmigración a Estados Unidos puede ser compleja, pero con información clara y concisa, puedes entender mejor tus opciones y derechos.  

En este artículo, exploraremos cómo afecta la Ley 245(i) a los cónyuges y si es posible que te ampare también. 

¿Qué es la Ley 245(i)? 

La Ley 245(i) es una disposición especial que permite a ciertos inmigrantes ajustar su estatus dentro de Estados Unidos, a pesar de haber ingresado al país de manera ilegal o haber excedido su visa. Fue aprobada en 1994 y ha sido prorrogada en varias ocasiones.  

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Esta ley permite que ciertos familiares de ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes, que normalmente no serían elegibles para ajustar su estatus, puedan hacerlo pagando una multa y demostrando una petición de inmigración presentada antes del 30 de abril de 2001. 

Cónyuges amparados bajo la Ley 245(i) 

Si estás casada con una persona que está protegida por la Ley 245(i), tienes motivos para la esperanza.  

La ley permite que los cónyuges de los beneficiarios principales también se beneficien de esta disposición, siempre y cuando el matrimonio se haya llevado a cabo antes de que finalizara el plazo de presentación de la petición (30 de abril de 2001). 

¿Qué requisitos debes cumplir? 

Para ampararte bajo la Ley 245(i) como cónyuge, debes cumplir con ciertos requisitos clave: 

a. Vínculo matrimonial válido: Debes estar legalmente casado con el beneficiario principal protegido por la Ley 245(i). Las uniones de hecho o relaciones no reconocidas legalmente no califican para este amparo. 

b. Fecha límite de presentación de la petición: Como se mencionó anteriormente, el matrimonio debe haberse celebrado antes del 30 de abril de 2001, que es la fecha límite para presentar la petición bajo la Ley 245(i). 

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c. Elegibilidad del cónyuge principal: Tu cónyuge protegido por la Ley 245(i) también debe cumplir con los requisitos de elegibilidad para ajustar su estatus. Esto puede variar según el tipo de petición presentada y la categoría de inmigración. 

Pasos a seguir 

Si cumples con los requisitos mencionados anteriormente, puedes seguir estos pasos para ampararte junto a tu cónyuge bajo la Ley 245(i): 

  • Reúne la documentación: Recopila los documentos que demuestren tu matrimonio válido, así como cualquier otro requisito específico para la petición de tu cónyuge bajo la Ley 245(i). 
  • Presenta la solicitud de ajuste de estatus: Debes presentar la solicitud de ajuste de estatus como cónyuge dependiente del beneficiario principal protegido por la Ley 245(i). Asegúrate de seguir todos los procedimientos y cumplir con los plazos establecidos por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS). 
  • Paga la multa correspondiente: Para obtener el beneficio de la Ley 245(i), deberás pagar una multa establecida. Esta multa es esencial para poder ajustar tu estatus dentro de Estados Unidos. 

Beneficios de ampararse bajo la Ley 245(i) 

Ampararse bajo la Ley 245(i) como cónyuge puede proporcionarte diversos beneficios y oportunidades en el proceso de inmigración: 

  1. Permanecer en Estados Unidos: El principal beneficio es la posibilidad de ajustar tu estatus dentro de Estados Unidos sin tener que salir del país. Esto evita el riesgo de enfrentar barreras de inadmisibilidad al tratar de reingresar legalmente después de haber permanecido de manera irregular en el país. 
  1. Unidad familiar: Al permitir que los cónyuges se acojan a esta disposición, la Ley 245(i) busca preservar la unidad familiar y evitar separaciones innecesarias. Esto es especialmente relevante en casos donde los cónyuges tienen hijos nacidos en Estados Unidos o residentes permanentes. 
  1. Acceso a beneficios migratorios adicionales: Una vez ajustado tu estatus, podrás acceder a otros beneficios migratorios, como solicitar la residencia permanente (tarjeta verde) y, eventualmente, obtener la ciudadanía estadounidense, si cumples con los requisitos establecidos para cada proceso. 

Consideraciones importantes y recomendaciones 

Aunque la Ley 245(i) ofrece una valiosa oportunidad para regularizar el estatus de inmigrantes indocumentados, es esencial tener en cuenta algunas consideraciones importantes y seguir ciertas recomendaciones: 

a. Asesoramiento legal competente: El proceso de inmigración puede ser complicado, y cada caso es único. Buscar asesoramiento legal de un abogado especializado en inmigración te ayudará a entender completamente tus opciones, asegurarte de cumplir con los requisitos y evitar errores costosos. 

b. Evita fraudes: Infelizmente, en el campo de la inmigración, existen personas y organizaciones inescrupulosas que intentan aprovecharse de las personas vulnerables. Ten precaución y evita caer en posibles estafas o fraudes relacionados con la Ley 245(i). 

c. Cumplir con los plazos: Asegúrate de presentar la solicitud de ajuste de estatus y pagar la multa correspondiente dentro de los plazos establecidos. El USCIS es estricto en cuanto a las fechas límite, y no cumplir con ellas podría perjudicar tu proceso. 

d. Mantente informado: La política de inmigración de Estados Unidos puede cambiar con el tiempo. Mantente actualizado sobre posibles modificaciones en la Ley 245(i) y otras disposiciones legales que puedan afectar tu caso. 

Más información en: Residencia Permanente a Través de la Ley de Equidad para las Familias de Inmigrantes Legales 

Si quieres que hablemos de tu trámite migratorio, puedes contactarme al 702-602-9354 y con gusto te ayudaré. 

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